¿Que es Verifactu?
Verifactu es el nuevo sistema de facturación que la Agencia Tributaria va a implantar para que todas las facturas emitidas en España sean seguras, verificables y estén registradas en tiempo real.
En pocas palabras: cuando emitas una factura desde tu programa de facturación, esta se marcará con un código único y un QR, y quedará registrada de forma automática para que no pueda modificarse ni eliminarse sin dejar rastro.
Este sistema comenzará a aplicarse de forma obligatoria desde el 29 de julio de 2025, para los desarrolladores de software, que deberán adaptar sus programas.
A partir de enero o julio de 2026, para empresarios y autónomos, según el tipo de actividad y forma jurídica.
¿Por qué lo implanta Hacienda?
Para garantizar que todas las operaciones se declaran correctamente.
Para combatir la economía sumergida y las facturas “en B”.
Para que tanto Hacienda como las empresas tengan un historial de facturación claro y sin manipulación.
¿Qué significa para ti?
Tu software de facturación se adaptará para cumplir la normativa, generando automáticamente las facturas con su código y QR.
Podrás emitir facturas incluso sin conexión a internet, y se enviarán cuando vuelvas a tenerla.
Ganarás en seguridad y transparencia ante tus clientes y ante la Agencia Tributaria.
En resumen: Verifactu no es un cambio en tu forma de facturar, sino una garantía de que cada factura es legal, auténtica y trazable
¿Como funciona Verifactu?
El sistema Verifactu garantiza que cada factura emitida en España sea segura, verificable y registrada ante la Agencia Tributaria en tiempo real. El proceso funciona así:
Generación del fichero electrónico
Cada vez que se realiza una venta de bienes o servicios, el software de facturación genera un fichero electrónico firmado digitalmente, que incluye todos los datos de la operación y una huella única (hash).
Envío a la Agencia Tributaria
Este fichero se envía de forma simultánea a la Agencia Tributaria (AEAT) para su registro y validación.
Impresión o emisión de la factura con QR
De manera paralela, se imprime o se genera la factura o tique en formato digital, incluyendo un código QR que permite su verificación.
Consulta por parte del comprador
El cliente puede escanear el QR y verificar en la Sede Electrónica de la AEAT que la factura está registrada correctamente.
Confirmación de la AEAT
La Agencia Tributaria confirma la recepción y registro de la factura, proporcionando información al comprador sobre la validez del documento.
Este sistema asegura la trazabilidad de cada factura, evitando manipulaciones y ofreciendo total transparencia tanto para las empresas como para los clientes.

Están obligados a implementar sistemas de facturación compatibles con Verifactu aquellos que:
-
Sean empresarios individuales, sociedades u otros entes sin personalidad jurídica, que tributen por IRPF (actividades económicas), Impuesto de Sociedades o IRNR con establecimiento permanente en España, siempre que estén en el régimen común del territorio español (excluyendo País Vasco y Navarra)
-
Utilicen sistemas informáticos de facturación (SIF) para emitir facturas, ya sean completas o simplificadas.
- A partir del 1 de enero de 2026, esta obligación aplica a empresas y sociedades; los autónomos tendrán hasta el 1 de julio de 2026 para adaptar sus sistemas.
Quedan exentos de adaptar su facturación al sistema VERIFACTU (aunque pueden seguir aplicando otros requisitos de facturación):
Los contribuyentes adscritos al Suministro Inmediato de Información (SII), ya sea de forma obligatoria o voluntaria.
Contribuyentes que no están obligados a expedir factura, como sucede en ciertos regímenes del IVA (agricultura, ganadería, pesca, régimen simplificado o recargo de equivalencia), salvo cuando emitan facturas voluntariamente o deban hacerlo para operaciones específicas.
Aquellos con domicilio fiscal en régimen foral, como en el País Vasco o Navarra, donde existen normativas propias como TicketBAI.
Sí, las facturas emitidas a particulares también deben cumplir con Verifactu siempre que:
El emisor esté obligado a usar un sistema informático de facturación (SIF) bajo la normativa Verifactu.
No se trate de un caso de exención (como SII, régimen especial sin obligación de facturar, o territorio foral con su propia normativa).
Esto incluye tanto:
Facturas completas emitidas a un particular (por ejemplo, una reforma en un hogar).
Facturas simplificadas o tiques (por ejemplo, en un bar o comercio), siempre que se generen con software.
📌 Importante:
Aunque el particular no declare IVA ni presente impuestos, el emisor sí debe garantizar que la factura queda registrada y enviada conforme al estándar Verifactu.
Las facturas deben contener el código QR y el CSV para que cualquier receptor (empresa o particular) pueda verificarla en la sede electrónica de la AEAT.
Si al emitir una factura no hay conexión a internet, con Verifactu ocurre lo siguiente:
La factura se genera igualmente
El sistema debe crear la factura con todos los requisitos Verifactu:
- Huella digital (hash)
- Código QR
-Código Seguro de Verificación (CSV)
Se guarda de forma segura en el propio sistema de facturación.
Se queda pendiente de envío
El software almacena internamente esa factura como "pendiente de remitir".
No se altera el orden de emisión, para que no haya saltos en la secuencia.
Envío automático al recuperar conexión
En cuanto vuelva internet, el sistema debe enviar de forma inmediata todas las facturas pendientes a la AEAT, respetando su orden de creación.
Obligación legal
El reglamento exige que el envío se haga tan pronto como sea técnicamente posible.
Si no se envían, o hay retrasos injustificados, puede considerarse incumplimiento.
Posibles sanciones
La Ley General Tributaria prevé sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio por manipular o no remitir datos exigidos por Verifactu.
💡 En la práctica: tu software de facturación debe tener modo offline, registro seguro y reenvío automático para trabajar sin cortes aunque no haya internet.